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CONPES RÍO BOGOTÁ  
Autor Diana Morales  
16-12-2004
Ya están listos los recursos para descontaminar el río Bogotá

CONPES PARA EL RÍO BOGOTÁ

Diciembre 10 de 2004
Representantes del Gobierno Distrital y departamental, al igual que funcionarios de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) aprobaron 5,7 billones de pesos para la descontaminación del río Bogotá, que será gradual hasta el 2020.
Para el proceso de descontaminación, Bogotá aportará el 80 por ciento de ese presupuesto. Por ahora, solo están asegurados recursos por 3,1 billones de pesos.
La recuperación del río en sus 380 kilómetros de extensión se hará en tres etapas. La primera se ejecutará entre el 2004 y el 2008 y comenzará desde ya con el plan de rehabilitación del embalse del Muña, cuya contaminación está afectando hoy a los habitantes de Sibaté, y con la atención a las curtiembres en Villapinzón.
Tales políticas, acciones e inversiones fueron aprobadas en el Consejo de Política Económica y Social (Conpes) donde estuvieron el presidente Álvaro Uribe y el alcalde de Bogotá Luis Eduardo Garzón. Es una decisión que se toma luego de más de seis meses de preparación del documento, una mesa de concertación y tras un histórico fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que responsabilizó al Estado de la catástrofe ecológica del río.
"Por primera vez hay una voluntad colectiva de todos los gobiernos que estamos armonizados y articulados por un mismo objetivo. Este ha sido un ejercicio muy importante de concertación", dijo Garzón.
La ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez, dijo que hacia el 2020 no se puede esperar una descontaminación del río del ciento por ciento. Pero sí se logrará su recuperación en un 80 por ciento, agregó.
El sub director de Planeación Nacional, José Leibovich, dijo a su vez que el plan de recuperación se iniciará también con la puesta en operación de las 26 plantas de tratamiento de aguas residuales de la CAR. Así mismo, la planta de tratamiento de aguas residuales El Salitre será ampliada. Para esta operación, el Distrito contará con los 126 mil millones de pesos de la plata del predial que por tres años le girará la CAR.
Leibovich agregó que al provocar la población de Bogotá y las industrias el mayor nivel de contaminación que tiene el río, la estrategia será la de ‘sancionar’ a aquellas empresas que no asuman los cuidados para preservar la calidad del agua. Estas industrias serán reubicadas en zonas donde no causen daños ambientales, se informó.
En el Conpes quedó consignado que el plan de descontaminación y los avances serán revisados semestralmente.

REGION ADMINISTRATIVA Y DE PLANIFICACIÓN ESPECIAL - RAPE  
Autor Diana Morales  
03-12-2004

Región Administrativa y de Planificación Especial

Modificación del Ar. 306 (Acto Legislativo 01 Ref. Política) para autorizar la creación de la RAPE conformada por el Distrito Capital, Cundinamarca y los Departamentos contiguos que quieran asociarse determinando que, dicha región tendrá personería jurídica, autonomía, patrimonio propio y cuyo objeto principal será el desarrollo económico y social de la respectiva región
 
CONCEPTO
EXPEDIENTE D-4834 C-313 de 31 de marzo de 2004
Magistrado ponente: Dr. Jaime Córdoba Triviño
11.1. Normas revisadas
Artículo 17 del Acto Legislativo 01 de 2003 (Adopta una reforma política). El Distrito Capital de Bogotá, el Departamento de Cundinamarca y los departamentos contiguos a este podrán asociarse en una región administrativa y de planificación especial con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio cuyo objeto principal será el desarrollo económico y social de la respectiva región. Las citadas entidades territoriales conservarán su identidad política y territorial.
11.2. Decisión
Declarar inexequible el artículo 17 del Acto Legislativo 01 de 2003, por medio del cual se adicionaba el artículo 306 de la Constitución Política.
11.3. Razones de la decisión
Por tratarse de un Acto Legislativo, para la Corte, al no haberse debatido y aprobado el tema de la "región administrativa y planificación especial" por la Cámara de Representantes durante la segunda legislatura se generó la inconstitucionalidad del artículo 17 acusado; es decir, el proyecto no surtió los ocho debates reglamentarios exigidos por la Constitución para su reforma por el Congreso, pues no fue considerado ni en la comisión primera de la Cámara ni en la plenaria de esta célula legislativa. Adicionalmente, al no haber sido considerado el tema en una de las cámaras la comisión de conciliación no tenía competencia, por lo que se sustituyo la voluntad de una de las Cámaras. Por lo tanto, al haberse presentado un vicio en la formación de la norma la Corte debe declarar su inexequibilidad.
11.4. Aclaró el voto el magistrado JAIME ARAUJO RENTERIA en relación con el alcance del control de constitucionalidad en esta materia.